Garantías y coberturas

Esta garantía cubre la muerte o lesiones corporales a terceras personas así como los daños materiales a terceros, hasta el límite que marca la ley (Real decreto 607/1999 de 16 de Abril) máximo 336.566,78 euros. Esta garantía aumenta el capital de la Responsabilidad Civil Obligatoria de 336.566,78 euros hasta un máximo de 1.165.000 euros. Esta garantía cubre la pérdida total de la embarcación a consecuencia de un siniestro tal como naufragio, colisión, robo, incendio, explosión... Esta garantía cubre el coste de salvamento como el de las operaciones de remolque de la embarcación siniestrada. Esta garantía cubre el robo de la embarcación entera o de su auxiliar así como los daños sufridos con ocasión de robo o tentativa de robo. Esta garantía cubre los daños sufridos por la embarcación debido a los riesgos de la navegación, durante las estancias en tierra así como los traslados por carretera. Esta garantía cubre tanto los daños como la desaparición de la embarcación debidos a fenómenos de naturaleza extraordinarios como inundación, terremoto, tempestad ciclónica, erupción volcanica o caída de cuerpos siderales o similares. Esta garantía cubre los daños o desaparición de accesorios o efectos personales que se encuentren a bordo de la embarcación. Esta garantía cubre hasta el capital contratado tanto la muerte, la invalidez y los gastos de curación tanto para el patrón, el tomador y/o propietario, así como para los ocupantes. Esta garantía cubre la repatriación o transporte sanitario de los heridos o enfermos, gastos médico-quirúrgicos, gastos de hotel, gastos de traslado de los ocupantes y envío de mecánico o piezas. Esta garantía presta, entre otras, asesoramiento jurídico telefónico, recusrso de sanciones, defensa y reclamación a terceros, así como honorarios de abogados.